Tuesday, August 25, 2015

Artículos en revista

El aparato judicial al servicio de los criminales

Entrevista a Eduardo Torres Maldonado/Profesor-Investigador de la UAM-Azcapotzalco, en Revista Siempre. Por. Nora Rodríguez Aceves. 22 de noviembre de 2014

La justicia en México protege a los criminales y “ése es un gravísimo problema en el país y nadie nos lo cuenta, lo hemos vivido desde la academia, desde el litigio, la práctica profesional, cuando uno se enfrenta a litigios en materia penal es ¡increíble! pero el aparato judicial se pone al servicio de la defensa de los derechos de los criminales de manera más activa, más eficiente y más rápida que en los casos de ciudadanos comunes que están injustamente acusados en procesos penales. Es gravísimo que un aparato judicial, ya sea local o federal, se ponga al servicio de la defensa de los criminales; ahora resulta que las reformas en materia de derechos humanos también se hicieron para proteger a los criminales, ¡pues no! Ésa es una aberración, es una aberración del Estado de derecho, sin embargo quien haya pisado un reclusorio, quien haya llevado un caso en materia penal sabe perfectamente cómo esta maquinaria se aceita a través del poder, a través de la corrupción, a través de la impunidad y del influyentismo”.
Hay casos gravísimos en todo México, “las cárceles están llenas de inocentes, además, en condición económica miserable. Las cárceles son las universidades de posgrado de los delincuentes, ahí se van a especializar en el delito, desde ahí controlan las extorsiones, los secuestros, las estafas; el crimen organizado tiene sus oficinas también en los reclusorios, en las cárceles, en las cárceles estatales, ahí estamos en presencia de una de las mayores crisis del poder judicial. No es posible, no es aceptable, que en estos momentos ya en el siglo XXI, en México se estén enfrentando estos problemas en los cuales el sistema judicial penal prácticamente está hecho en muchos casos, no en todos, para proteger muy eficientemente y muy rápidamente los derechos de los criminales que sí pueden pagar su representación profesional con abogados de muy altos honorarios mientras la gente con menores recursos no puede pagar abogados de altos honorarios y está llenando las cárceles”, afirma Eduardo José Torres Maldonado, profesor-investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), Unidad Azcapotzalco.
En este mismo sentido, Torres Maldonado plantea que otro tema central es “quién controla las cárceles en México, no hay institución en este momento en el país que no esté bajo sospecha de que esté vinculada al crimen organizado. El crimen organizado además ya no es el crimen organizado alejado de los poderes públicos, lo vemos en el caso de Iguala, no es que los cárteles estuvieran presionando al presidente municipal y a su esposa, no, el crimen organizado estaba liderado, capitaneado por ellos, quien ostentaba el cargo público era el líder también del crimen organizado, caso Guerreros Unidos; entonces lo que pasa en México es que hay una crisis de credibilidad, de confianza en las instituciones y esto lleva a la quiebra del Estado de derecho”.
Un Estado inexistente
El experto en derecho penal y constitucional señala que no sólo “tenemos un problema de disfuncionalidad del Estado y el mercado sino también un problema, incluso de inexistencia; cuando el Estado no actúa es inexistente, y cuando actúa es porque han tenido que existir presiones internacionales de muy alto nivel para que el gobierno federal actuara en la caso Ayotzinapa, tuvo que intervenir la Organizaciones de Naciones Unidas (ONU) Amnistía Internacional (AI) la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tuvieron que dar su opinión diferentes sectores representativos de la sociedad, diferentes actores de poder lo que hicieron fue presionar para que finalmente el gobierno federal diera una respuesta a esto, por lo tanto lo que tenemos es una crisis del Estado de derecho y del mercado institucionalizada”.
En cuanto a la respuesta que han tenido los medios de comunicación a esta crisis del mercado, el investigador del Departamento de Derecho de la UAM apunta que “dicen que la violencia no afectará el mercado, esto es una gran mentira, simplemente en Guerrero cayó la tasa de visitas turísticas, quién quiere invertir en lugares violentos en los que además el presiente municipal compite con el crimen organizado para cobrarles derecho de piso a los empresarios. En todo el país los presidente municipales son quizás el dolor de cabeza principal también, es decir, este tercer pivote de la federación que son las presidencias municipales —que deberían ser lo más cercano a la ciudadanía, al pueblo— es lo que está más alejado de ellos porque las presidencias municipales extorsionan a la población; en su territorio nos ha tocado defender a empresarios que les van y les clausuran los establecimientos porque no dan un derecho de piso, no estamos hablando de impuestos que deban pagar legalmente, no, les fijan una cuota como un derecho de piso, y les clausuran; por un lado se van los empleados municipales que clausuraron y después, ya que pagaron la cuota que les fijaron, llegan elementos del crimen organizado para fijarles otra cuota; ¿qué empresario sobrevive así?, por eso la crisis del mercado interno tiene que ver mucho con la crisis del sistema jurídico político en general”.
Empezar con el ejemplo
De ahí que para Eduardo Torres, el gran reto “es fortalecer las instituciones, hacer que funcionen de acuerdo con el Estado de derecho, pero se tiene que empezar con el ejemplo, desde la cúpula; no planteado simplemente como una propuesta política por parte de los grupos en el poder, porque la población está cansada; ¿quién cree que ahora sí van a sanear las instituciones? Hay que platicar con cualquier ciudadano en la calle y preguntarle qué piensa cuando los funcionarios, los políticos señalan que ahora sí habrá un combate contra la corrupción, que se combatirá el autoritarismo, que ahora sí se aplicara el Estado de derecho. La gente está totalmente desencantada y como está totalmente desencantada y frustrada vienen los movimientos genuinos de rebelión; México es un polvorín para una rebelión social, quizás un caldo de cultivo para una nueva revolución, y se lo digo seriamente, hay muchos grupos en el país que están totalmente inconformes con la realidad que se vive y que no toman esto como un simple acto de rebelión, porque se ha llegado a un punto del límite del límite del límite del hartazgo, los ciudadanos comunes ya no pueden salir regularmente a la calle con confianza, hay otros toques de queda, se llevan a cabo los secuestros y se amenaza para que no se denuncie, y cuando se denuncia resulta que la autoridad es totalmente ineficaz, y resulta, además, que quien fue a denunciar dio sus datos personales y vuelven sobre él los delincuentes porque están vinculados con las autoridades”.
Realmente, “estamos en una verdadera crisis general del Estado de derecho y esto lo tienen que tomar muy en serio todos los que tienen cargos públicos y están al cargo del gobierno de este país, con independencia del partido político, porque ha resultado tan compleja la administración política para el PAN, para el PRD, para el PRI, que aquí lo que necesitamos son políticos que puedan ganarse la confianza de la ciudadanía, pero ¿dónde están?”
Sin embargo, Eduardo Torres comenta a Siempre! que él puede ser bastante crítico pero también puede ser propositivo y en su opinión “sí podemos salir de esta crisis y sí hay elementos para considerar que tendremos la capacidad de hacerlo, pero hay que echar un vistazo a lo que hicieron en Colombia, que en un escenario de crisis de los poderes públicos, de las instituciones y de un gran poder real del crimen organizado, lograron reconstruir alianzas político sociales y restablecer el funcionamiento institucional. Otro ejemplo que podemos tomar en cuenta es Italia, aunque ahorita otra vez está en un problema terrible; en Italia hubo una lucha contra el crimen organizado, contra las mafias, una forma también de reestructurar y hacer más estables las instituciones. Deben pasarse por filtros no sólo de orden jurídico sino también filtros de orden ético y de orden político y, sobre todo, garantizar ya no sólo los jueces, legisladores, miembros del Poder Ejecutivo, que no estén vinculados al crimen organizado, el gran problema de 2015 es ver qué funcionario público que aspira a un cargo de elección popular o qué candidatos a un cargo público no estén vinculados al crimen organizado”.
Sistema de corrupción
Aunque afirma que “no es fácil ser juez ya en México, las presiones a las que está sujeto un juez, ya sea local o federal son muchas, el crimen organizado no se detiene y hay un sistema de corrupción y de nepotismo generalizado con el que un juez tiene que lidiar, entonces mi comentario no quisiera que se interpretara como que estoy demonizando a los jueces, no, simplemente son funcionarios públicos y están en un lugar específico, estratégico y pueden contribuir a la paz social; un litigio bien resulto, una sentencia bien expedida, bien escrita, resuelve un conflicto social”.
El coordinador del libro Juzgar a la Suprema Corte, editado por la UAM, en el año 2008, enfatiza que “en México sí podemos salir de la crisis, sí podemos rescatar las instituciones, sí podemos reconstruir el Estado de derecho, pero necesitamos trabajar en serio y eliminar los viejos vicios que nos sumergen siempre en la paradoja del subdesarrollo, grandes premios internacionales por un lado para la Suprema Corte de Justicia de la Nación en derechos humanos, para el presidente Enrique Peña Nieto en materia de reformas estructurales, y explosiones de violencia producto de la corrupción y de la impunidad y el nepotismos en el país. Sí se puede, pero habría que tomar el tema en serio de reformar, reestructurar y estabilizar el Estado de derecho, el tema del mercado”.

Quedó en evidencia la podredumbre penal

Entrevista a Eduardo Torres Maldonado/Profesor-investigador de la UAM-Azcapotzalco. Revista Siempre, por.  Nora Rodríguez Aceves. 23 de marzo de 2012

En el caso Florence Cassez la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe decidir técnicamente no políticamente. Uno de los grandes desprestigio del derecho es que los asuntos se resuelvan de manera política; en este asunto tiene que privar un criterio técnico jurídico aunque entra en juego, por supuesto, todo un universo que son los derechos humanos el cual amplía el horizonte limitado del viejo sistema jurídico mexicano, y la Corte está en este debate.
“Este ha sido un caso muy polémico y la SCJN debe ser muy cuidadosa al momento de tomar una resolución final, porque están en juego principios fundamentales del Estado de derecho, y si la Corte se revela, como muchas veces lo ha hecho, como fácilmente influenciable por la presión política del titular del Ejecutivo federal, cada vez será más endeble la cúpula que sostiene el sistema judicial mexicano”, señala Eduardo Torres Maldonado, profesor investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana. Unidad Azcapotzalco.
Luego de que “la primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó en suspenso la resolución del amparo solicitado por la francesa Florence Cassez, ya que el proyecto elaborado por el ministro Arturo Zaldívar no consiguió los votos suficientes para ser aprobado, el asunto fue turnado a la ministra Olga Sánchez Cordero para presentar un nuevo dictamen” (La Jornada).
“A pesar de que tres ministros se pronunciaron a favor de amparar a la ciudadana francesa —quien seguirá en prisión—, sólo Arturo Zaldívar y Olga Sánchez Cordero votaron por la liberación inmediata de Cassez”.
Por eso aquí hay una enorme responsabilidad para la SCJN, pero yo tengo confianza en que, al quedar un nuevo dictamen para otorgarle un amparo a la francesa Florence Cassez en manos de la ministra Olga Sánchez Cordero, se presente un proyecto muy sólido, muy técnico, muy apegado al actual Estado de derecho en México, pero, claro, tampoco vamos a dar un voto de confianza ciego; vamos a esperar porque el debate va a continuar…
El montaje como prueba
En ese mismo tenor, el especialista en derecho constitucional expresa el impacto que tiene en el proceso en curso el montaje que se hiciera para la televisión: “es aberrante, eso por sí solo es la base para ordenar la reposición del procedimiento y para dejar a Florence Cassez en libertad. En estricta técnica jurídica, esa prueba puede y debe invalidarse, aun cuando invalidar esa prueba no necesariamente implica invalidar todo el proceso y la sentencia. Sobre el fondo, es distinto; un caso no puede volverse a juzgar por el principio de cosa juzgada, sin embargo si se descubren violaciones graves del procedimiento se puede ordenar la reposición del procedimiento; sería una forma más elegante de atender el caso sin vulnerar totalmente los principios del Estado de derecho”.
“El hecho de que haya existido esta puesta en escena, que es absolutamente vergonzosa, pero solamente es un botón de muestra de lo que pasa todos los días en el sistema judicial mexicano, pues en todos los casos, aquí, las autoridades montan los escenarios, plantan las tragedias, para que puedan decidir y sus sentencias tengan alguna congruencia; eso es absurdo totalmente, pero en este caso se hizo. ¿Qué es lo que procedía técnicamente?; tomando en cuenta este tipo de evidencia podría sugerir la reposición del procedimiento, y el juez que tuviera a su cargo revisar el caso no podría darle valor probatorio a este montaje, sin embargo, las demás pruebas ahí están en el proceso, tampoco por una sola prueba pueden eliminar su responsabilidad como autora material de los delitos que sí le fueron comprobados”.
Eduardo Torres advierte que “no hay que olvidar que Cassez es una persona que cometió ciertos delitos graves y que obtuvo una sentencia condenatoria por 96 años. Cassez incurrió en el delito de secuestro y otros delitos graves; ahora bien, sí se tiene que atender su situación procesal y su respeto a los derechos humanos, pero genera un enorme caos el hecho de que hayan hecho este montaje, que lo hayan propuesto y la jueza lo haya aceptado, porque entonces resulta que es un edificio construido sobre un pantano que se puede derrumbar”.
Siendo así, “en estricta técnica jurídica, por eso procede la discusión, el debate sobre la reposición del procedimiento, aunque tendríamos que ver en qué sentido presenta el nuevo proyecto la ministra Olga Sánchez Cordero para tener más elementos; yo soy simplemente un jurista, un estudioso del derecho, que doy una opinión personal sobre este caso, pero la función jurisdicente realmente corresponde a los ministros de la Suprema Corte de Justicia, que merecen todo nuestro respeto”.
Responsabilidad de autoridades
A pregunta expresa de qué tipo de responsabilidad jurídica se le podría fincar al secretario de Seguridad Pública, Genaro García Luna, por el montaje televisivo, el doctor en derecho por la Universidad Autónoma Metropolitana señala: “en este caso, si se ordena, por ejemplo, la reposición del procedimiento, puede proceder que derivado de esa reapertura del procedimiento se pueda presentar una denuncia por la persona o la institución con interés jurídico apropiado para que se delimite la responsabilidad por haber ofrecido y puesto a consideración del Poder Judicial una farsa de esta naturaleza, Por supuesto que habría responsabilidades  del orden penal, pero tendría entonces la misma Corte de Justicia que tomar alguna consideración al respecto, y el juez que atendiera el caso tendría también que considerar esto. Una vez que se reabra el caso, se reabre la discusión de las pruebas, y habría oportunidad para deslindar responsabilidades por aquellos sujetos a quienes se les compruebe responsabilidad y autoría o coautoría en el ofrecimiento de estas pruebas y la generación de esta puesta en escena”.
Por eso tenemos que esperar a que se presente el nuevo dictamen de la ministra Olga Sánchez Cordero, “pues mientras no tengamos a la vista el nuevo proyecto solamente nos basamos en la opinión sobre lo que ahorita, con la propuesta del ministro Zaldívar, se aprueba, que fue no aprobar; se decide no decidir para seguir decidiendo para seguir discutiendo”.
“La SCJN tomó una decisión, para nada salomónica, porque decidió no decir, pero sí una decisión prudente de darse más tiempo para estudiar el caso y proponer un nuevo proyecto que permita tener una argumentación más sólida para decidir sobre el caso Cassez, porque además va a forjar un antecedente judicial muy importante también”.
Además, afirma que “hay un punto que es clave, pues estamos muy cerca de la votación para el 1 de julio, también la Corte quizá no quiere entrar en un escenario en el cual mueva el piso para la decisión política más importante para los mexicanos, posponer esta decisión implica dar tiempo a que se tome la decisión correspondiente a principios de julio para elegir al próximo presidente de México. Las decisiones políticas también tienen que ver, pero habría muchos elementos para considerar”.
El nuevo amparo
Torres Maldonado precisa que lo que discute la Suprema Corte es el otorgamiento de un amparo a la francesa Florence Cassez, el cual “tendría que considerar la violación de los derechos procesales constitucionales fundamentales de Cassez así como sus derechos humanos en el proceso, eso es a lo que tendría que abocarse el amparo; más que a las cuestiones de fondo, debe atender las cuestiones de forma procesal, y es donde podría enfocarse el asunto, sin embargo, sigue siendo un terreno un poquito difuso porque no sabemos exactamente qué es lo que consideró la Corte, la información que se ha filtrado todavía es insuficiente, pero digamos que podría ser eso”.
La Corte tendría que “decidir para qué efectos lo da, para qué efectos lo concede, es precisamente el debate, incluso entre los mismos ministros Arturo Zaldívar y José Ramón Cossío, porque el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia recuerdo que decía que él no compartía el proyecto de Zaldívar y estaba en contra de otorgar el amparo a Cassez, punto, porque vulneraba el principio de seguridad jurídica; el ministro Jorge Mario Pardo primero dijo que se pronunciaría por el amparo pero luego finalmente vota en contra de todo el proyecto. Entonces aquí no sabe uno qué pasa, José Ramón Cossío es de los más congruentes, de los más sólidos en su análisis, porque él parece apuntar a que se reponga el procedimiento, Zaldívar opta porque se otorgue la libertad precisamente por estas violaciones procesales y Olga Sánchez Cordero también tuvo una postura intermedia entre Zaldívar y Cossío considerando los derechos humanos también de Cassez, derechos constitucionales”.
“Lo interesante es que se abrió el debate y se ve cómo en la Corte misma no hay acuerdo sobre qué efectos podría tener el amparo, porque otorgar la libertad u ordenar la reposición del procedimiento inmediatamente implicaría también vulnerar un principio de seguridad jurídica, por eso sólo tres ministros coinciden en no otorgar el amparo a Cassez, pero entre estos ministros también hay sentimientos respecto a los efectos del amparo la liberación o la reposición del proceso, ¿por qué?, porque es distinto”.
Hay que señalar lo siguiente, “el caso Florence Cassez es un caso que ya técnicamente era cosa juzgada, abrirlo nuevamente en las dos vertientes que está señalando la Corte, la libertad inmediata o la reposición del procedimiento, se cae en el peligro de que se vuelva a juzgar nuevamente un delito que ya es cosa juzgada, lo cual evidentemente también sería una violación flagrante de la Corte al propio sistema jurídico mexicano. Por eso el proyecto tiene que ser cuidadosamente discutido, los demás ministros también por eso adoptaron una postura de no aprobar el proyecto de Zaldívar, porque está en peligro la misma estabilidad del sistema jurídico mexicano, nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo delito”.
“El caso Cassez —con independencia de cuál sea su resultado— lo que está haciendo es —como cualquier caso que tomáramos en México— revelar la podredumbre, la impunidad, la corrupción, el drama, la tragedia que constituye el proceso judicial en México. Es un verdadero drama, es una verdadera tragedia iniciar un proceso en México. El caso Cassez tiene que llevarnos a reflexionar sobre la protección inmediata y la seguridad jurídica para la protección de los derechos humanos de las víctimas. Un sistema jurídico no puede orientarse nada más —y ése es el gran descrédito de muchos casos de derechos humanos— a la protección de los derechos humanos del victimario, esto es un desequilibrio irracional”.

El PRI ganará la acción de inconstitucionalidad

Entrevista a Eduardo Torres/Investigador de la UAM Azcapotzalco. Revista Siempre, por.
Nora Rodríguez Aceves. 21 de diciembre de 2012

La acción de inconstitucionalidad que interpondrá el PRI ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá éxito.
Todos los requisitos que marca el artículo 105 constitucional para que se interponga se cumplen. Una vez que se interponga, ya tendrán que argumentar lo propio los diputados y senadores del PAN y del PRD y le corresponderá a la Corte estudiar muy cuidadosamente los argumentos de todas las partes para decidir quién tiene la razón y a quién asiste el amparo y la protección de la justicia federal, pero la Constitución es muy clara, de ahí que bajo una prima facie es muy sólida la argumentación constitucional que está haciendo el PRI, asegura Eduardo José Torres Maldonado, investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Azcapotzalco.
La tesis tiene sentido
“El PRI está en contra de la fracción XVI del nuevo artículo 27 de la Ley Orgánica de la  Administración Pública, donde se faculta al Senado de la República para ratificar los nombramientos del comisionado nacional de seguridad pública y del secretario técnico del Consejo de Seguridad Nacional que dependerían directamente del secretario de Gobernación, porque la Constitución en el artículo 89 habla de la facultad de nombrar y remover libremente del Ejecutivo Federal y aunque menciona a la ley lo que es cierto es que también cuando hablamos de las facultades del Senado, en el artículo 76 constitucional, ahí se enumeran los funcionarios que deberán ser sujetos a ratificación, no se contempla este tipo de funcionarios por el cual está de por medio la acción de inconstitucionalidad”.
“La tesis del PRI, vamos a plantearlo así, tiene sentido, tiene argumentación, tiene coherencia, por eso tiene toda la razón en su propuesta, lo ha estudiado muy bien. Además de que el artículo 105 de la Constitución plantea en qué se basan las acciones de inconstitucionalidad, es importante aclarar que no es una controversia constitucional, esa es otra acción, otro recurso, por lo tanto, la acción de inconstitucionalidad tiene por objeto plantear una posible contradicción entre una norma de carácter general, léase la ley y la Constitución, que es el caso aquí, las reformas, modificaciones, a Ley Orgánica de la Administración Pública Federal,  pues son pertenecientes a una norma de carácter general que es una ley  y se plantea que haya contradicciones con la Constitución”.
“Para mí, la contradicción es clara, porque de los artículos que facultan al Ejecutivo Federal y que facultan al Senado no se desprende que el Senado tengan que ratificar a este tipo de funcionarios en especial, entonces si una ley establece esto va más allá de lo que dice el propio texto constitucional y una ley no puede ir más allá de lo que dice la Constitución una ley puede reglamentar, aclarar, normar, preceptos de la Constitución, pero no puede ir en contra de lo que establece la Constitución o no puede ir dando facultades que la propia Constitución está manejando como reservadas”.
El 13 de diciembre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, con 423 votos a favor 38 en contra y cuatro abstenciones, la reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la envió al Ejecutivo para su promulgación.
Aunque la fracción parlamentaria del PRI adelantó que interpondrá una acción de inconstitucionalidad, porque en el Senado se incluyó que el nombramiento de los mandos policiacos sean avalados por la Cámara Alta y que el titular de Gobernación comparezca cada seis meses ante la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.
Aquí cabe aclarar que “después de la promulgación de la ley, el PRI tiene 30 días naturales para interponer la acción de inconstitucional, naturales no hábiles, o sea que es menor el tiempo, lo cual quiere decir que el partido debe de estar trabajando ya para tenerlo listo. Es poco tiempo, pero todo indica que será una acción de inconstitucionalidad muy interesante que llegará a la Corte y probablemente sea uno de los caso más interesante con que empieza esta administración del presidente Peña Nieto y es como una prueba que le están poniendo  también para ver que tanto se consolida el poder y la experiencia parlamentaria del PRI en contra del PNA y del PRD”.
Las dos posiciones
El jurista Eduardo Torres explica a Siempre!,desde el punto de vista técnico-jurídico el porqué el PRI pretende interponer esta acción de inconstitucionalidad ante la Corte por las modificaciones que hizo el Senado a la minuta de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública.
“Lo que dice el coordinador de los diputados priistas, Manlio Fabio Beltrones, es que es inconstitucional que se esté dando al Senado estas facultades, en concreto aquí resaltan los dos casos de la ratificación, aunque no lo dice la ley, pero es como se aplicará la reforma, el caso de la ratificación por parte del Senado del comisionado nacional de seguridad y también del secretario ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad  Pública, esto sería parte de la primera aplicación de estas reformas”.
“Beltrones y el grupo de priistas se oponen por este razonamiento: se necesita un Poder Ejecutivo fuerte y un secretario de Gobernación que tenga facultades también ágiles, coordinadas, eficientes, inmediatas, para controlar el problema de la violencia y de la seguridad, me imagino que es el razonamiento de los priistas porque si se deja la ratificación al Senado de estos nombramiento que hace el Presidente de la República se puede ir demorando, empantanando, politizando, el nombramiento de personas que son clave en la conducción de la seguridad pública en el país”.
“Lo que están haciendo los priistas es negarse a que exista esta posibilidad de empantanamiento parlamentario donde estén rechazando los nombramientos que haga el Presidente y facilitar en todo caso que el Presidente tenga la posibilidad de nombrar y remover libremente a estos funcionarios, por eso digo que hay una lógica política muy sólida atrás”.
Por su parte, “lo que dicen los opositores o los que avalan las reformas a la Administración Pública como está, yo recuerdo al senador perredista Luis Miguel Barbosa, que cuando se entera de que el PRI pretende interponer una acción de inconstitucionalidad contra las reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal declara que lo que sucede es que el PRI está evidenciando su oposición a los controles democráticos y parlamentarios, y lo que señala es que se necesitan controles democráticos mínimos de parte del Congreso y que Peña Nieto tiene miedo de los controles democráticos que vengan del Congreso.  Asimismo, también habló de que el PRI pretende gobernar con atribuciones meta constitucionales o recurrir a estrategias  legales para evitar estos controles”.
“El PRI como grupo parlamentario tiene todo el derecho y mientras reúna al número de diputados necesario tiene todo el derecho a interponer una acción de inconstitucionalidad, el ejercicio de este recurso jurídico, este recurso de impugnación jurídica a una ley, no implica que el PRI esté trabajando ilegal o inconstitucionalmente; todo lo contrario al ejercer el recursos está obrando dentro de los marcos constitucionales  y legales”.
Sin embargo, “lo que hay aquí es una lucha política, porque también tenemos a senadores del PAN que coinciden con lo que plantean los del PRD en el sentido de que se debe permitir que sea el Senado quien ratifique  los nombramientos. El PAN no es muy diverso de lo que señalan los perredistas en este sentido y argumenta que el PRI también quiere retornar al pasado, no dejar lugar al juego parlamentario y que ya hay experiencia y madurez política por parte de la Cámara Alta para poder también intervenir en estos nombramientos y que es saludable que los senadores tengan la posibilidad de intervenir en estos nombramientos”.
Para el investigador, “como en todo debate político-jurídico, ambas partes tienen razón, pero aquí es dependiendo qué postura se tome, si por reforzar los poderes del parlamento en este caso del Senado o por reforzar los poderes del Poder Ejecutivo, yo creo que si estuviéramos en una situación normal en que no tuviéramos un problema de violencia y de inseguridad tan grave probablemente, yo apoyaría lo que plantean los diputados y senadores del PAN y del PRD, sin embargo, viendo el panorama actual que tenemos sí es importante que el Ejecutivo y Gobernación puedan tener mayores facultades y mayor eficiencia para controlar de manera urgente el problema de violencia y de  inseguridad que vive el país”.
“Me parece que estamos viendo una situación de alarma, de urgencia, de gravedad, y en ese caso sí se necesita una cierta centralización de las funciones en la Secretaría de Gobernación, en ese sentido la argumentación del PRI tiene una lógica histórica y política impecable, esto no quiere decir que no sea controvertible, es controvertible”.
Ese mismo tenor, Eduardo Torres expresa que “ahora podemos ir a datos más técnicos y cómo está la situación actual en la Constitución. El artículo 89 establece las facultades y obligaciones del Presidente en la fracción II: son facultades del Presidente nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda y nombrar y remover libremente a los demás empelados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes”.
Debate interesante
Por lo tanto, “el PRI lo que hace es fundamentarse en este artículo 89,  fracción II para argumentar que el Presiente tiene el derecho de nombrar y remover libremente, en esa fracción no se establece expresamente que esto tenga que ser ratificado por el Senado, este artículo 89 es muy claro, aunque esta última parte dice: cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en  las leyes.  En la Constitución no está determinado. ¿Qué es lo que está pasando? Que los grupos que no son del PRI en el Congreso sí han logrado que se apruebe una modificación en una ley que está estableciendo que deben ser ratificados por el Senado”.
No obstante, “el criterio del PRI encuentra fundamento, el artículo 76 de la Constitución establece las facultades exclusivas del Senado: son facultades exclusivas del Senado ratificar los nombramientos que el mismos funcionario del procurador general de la república, o sea el presidente, ministros, se refiere a los ministros de la Corte, agentes diplomáticos,  cónsules generales, empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales en los términos que la ley disponga”.
“Seguramente —agrega Torres Maldonado— aquí también se están fundamentando los asesores del PRI para decir que es inconstitucional, porque el artículo 76, efectivamente habla de la ratificación de nombramientos, pero en de ninguna manera podemos ver que aquí de manera expresa se esté señalando que, por ejemplo, los funcionarios encargados de la seguridad pública en materia civil porque en la militar es muy claro,  tengan que ser ratificados por los senadores, aquí no aparece, entonces hay aquí un juego de interpretación del artículo 89  fracción II y el artículo 76 fracción II, entonces digamos que la tesis del PRI vamos a plantearlo así,  tiene sentido, tiene argumentación, tiene coherencia”.
Mientras que la propuesta que “están haciendo o la antítesis que están planteando en este caso la oposición al PRI que son el PRD y el PAN, es que se debe permitir que la nueva Ley Orgánica de Administración Pública establezca la obligación de que el Senado ratifique los nombramientos que haga el Presidente, esto es que el Presidente ya no tendrá la facultad de nombrar y remover libremente, porque estará sujeto a la aprobación del Senado, esto es un candado para las decisiones del Ejecutivo”.
“El PRI lo que dice es: eso lo dice la ley que se acaba de aprobar, pero nosotros sostenemos que es inconstitucional porque de los artículos de la Constitución no se establece que este tipo de funcionarios —mandos policiacos—  tengan que ser ratificados por la Cámara Alta”.
Por eso “digo que será un debate interesante, porque en el momento en que el PRI  interponga ante la Corte la acción de inconstitucionalidad acudirán las partes que consideran su interés perjudicado como son los diputados y senadores del PAN y del PRD para también argumentar lo que a su derecho convenga”.
Aunque el experto en derecho constitucional advierte “realmente la única posibilidad de que pudieran ganar fácilmente los diputados y senadores del PAN y del PRD sería que modificaran la Constitución, pero tal como está el texto constitucional  presuntivamente el PRI puede tener amplio margen de poder ganar esta acción de inconstitucionalidad”.

Si lo vemos jurídicamente hablando, “el PRI ha hecho un buen estudio, han hecho un trabajo con mucha experiencia y cuidando bien sus tiempos para hacerlo, y por otro  lado, la experiencia parlamentaria que está demostrando el tricolor al votar las aprobación de la ley para que el presidente Peña Nieto tenga una ley actualizada de la administración pública es buena”.

Sunday, August 16, 2015

Curriculum vitae

ASUNTO: CARTA DE ACEPTACIÓN
DR. SALVADOR VEGA Y LEÓN
RECTOR GENERAL DE LA UAM
PRESENTE

Por este conducto, y de conformidad con lo establecido en su Convocatoria para participar en el proceso de designación del Defensor(a) Titular de los Derechos Universitarios de la UAM del 07/05/2015, y en el Aviso publicado con fecha 08/06/2015, en el que se amplía el plazo para el registro de aspirantes hasta el 12 de junio de 2015, me permito aceptar formalmente participar como aspirante en dicho proceso, anexando los probatorios pertinentes, por cumplir debidamente con todos y cada uno de los requisitos establecidos en el Reglamento de la Defensoría de los Derechos Universitarios para ocupar honrosamente dicho cargo, esperando que el proceso a seguir me favorezca, con su aquiescencia, y sea designado por el Colegio Académico Defensor Titular de los Derechos Universitarios de la UAM.

Se anexan Curriculum Vitae y Justificación de la Propuesta, en los términos requeridos.

Agradezco la atención prestada a la presente, quedando a sus órdenes para cualquier aclaración.

ATENTAMENTE
DR. EDUARDO JOSÉ TORRES MALDONADO
Profesor Titular "C" del Departamento
de Derecho de la UAM, No. EC. 7853
Investigador Nacional Nivel II del SNI-CONACYT

No. Expediente 8670