El aparato
judicial al servicio de los criminales
Entrevista a Eduardo Torres Maldonado/Profesor-Investigador de la UAM-Azcapotzalco, en
Revista Siempre. Por. Nora Rodríguez Aceves. 22 de noviembre
de 2014
La
justicia en México protege a los criminales y “ése es un gravísimo problema en
el país y nadie nos lo cuenta, lo hemos vivido desde la academia, desde el
litigio, la práctica profesional, cuando uno se enfrenta a litigios en materia
penal es ¡increíble! pero el aparato judicial se pone al servicio de la defensa
de los derechos de los criminales de manera más activa, más eficiente y más
rápida que en los casos de ciudadanos comunes que están injustamente acusados
en procesos penales. Es gravísimo que un aparato judicial, ya sea local o
federal, se ponga al servicio de la defensa de los criminales; ahora resulta
que las reformas en materia de derechos humanos también se hicieron para
proteger a los criminales, ¡pues no! Ésa es una aberración, es una aberración
del Estado de derecho, sin embargo quien haya pisado un reclusorio, quien haya
llevado un caso en materia penal sabe perfectamente cómo esta maquinaria se
aceita a través del poder, a través de la corrupción, a través de la impunidad
y del influyentismo”.
Hay
casos gravísimos en todo México, “las cárceles están llenas de inocentes,
además, en condición económica miserable. Las cárceles son las universidades de
posgrado de los delincuentes, ahí se van a especializar en el delito, desde ahí
controlan las extorsiones, los secuestros, las estafas; el crimen organizado
tiene sus oficinas también en los reclusorios, en las cárceles, en las cárceles
estatales, ahí estamos en presencia de una de las mayores crisis del poder
judicial. No es posible, no es aceptable, que en estos momentos ya en el siglo
XXI, en México se estén enfrentando estos problemas en los cuales el sistema
judicial penal prácticamente está hecho en muchos casos, no en todos, para
proteger muy eficientemente y muy rápidamente los derechos de los criminales
que sí pueden pagar su representación profesional con abogados de muy altos
honorarios mientras la gente con menores recursos no puede pagar abogados de
altos honorarios y está llenando las cárceles”, afirma Eduardo José Torres
Maldonado, profesor-investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana
(UAM), Unidad Azcapotzalco.
En
este mismo sentido, Torres Maldonado plantea que otro tema central es “quién
controla las cárceles en México, no hay institución en este momento en el país
que no esté bajo sospecha de que esté vinculada al crimen organizado. El crimen
organizado además ya no es el crimen organizado alejado de los poderes
públicos, lo vemos en el caso de Iguala, no es que los cárteles estuvieran
presionando al presidente municipal y a su esposa, no, el crimen organizado
estaba liderado, capitaneado por ellos, quien ostentaba el cargo público era el
líder también del crimen organizado, caso Guerreros Unidos; entonces lo que
pasa en México es que hay una crisis de credibilidad, de confianza en las
instituciones y esto lleva a la quiebra del Estado de derecho”.
Un Estado inexistente
El
experto en derecho penal y constitucional señala que no sólo “tenemos un
problema de disfuncionalidad del Estado y el mercado sino también un problema,
incluso de inexistencia; cuando el Estado no actúa es inexistente, y cuando
actúa es porque han tenido que existir presiones internacionales de muy alto
nivel para que el gobierno federal actuara en la caso Ayotzinapa, tuvo que
intervenir la Organizaciones de Naciones Unidas (ONU) Amnistía Internacional
(AI) la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), tuvieron que dar su
opinión diferentes sectores representativos de la sociedad, diferentes actores
de poder lo que hicieron fue presionar para que finalmente el gobierno federal
diera una respuesta a esto, por lo tanto lo que tenemos es una crisis del
Estado de derecho y del mercado institucionalizada”.
En
cuanto a la respuesta que han tenido los medios de comunicación a esta crisis
del mercado, el investigador del Departamento de Derecho de la UAM apunta que
“dicen que la violencia no afectará el mercado, esto es una gran mentira,
simplemente en Guerrero cayó la tasa de visitas turísticas, quién quiere
invertir en lugares violentos en los que además el presiente municipal compite
con el crimen organizado para cobrarles derecho de piso a los empresarios. En
todo el país los presidente municipales son quizás el dolor de cabeza principal
también, es decir, este tercer pivote de la federación que son las presidencias
municipales —que deberían ser lo más cercano a la ciudadanía, al pueblo— es lo
que está más alejado de ellos porque las presidencias municipales extorsionan a
la población; en su territorio nos ha tocado defender a empresarios que les van
y les clausuran los establecimientos porque no dan un derecho de piso, no
estamos hablando de impuestos que deban pagar legalmente, no, les fijan una
cuota como un derecho de piso, y les clausuran; por un lado se van los
empleados municipales que clausuraron y después, ya que pagaron la cuota que
les fijaron, llegan elementos del crimen organizado para fijarles otra cuota;
¿qué empresario sobrevive así?, por eso la crisis del mercado interno tiene que
ver mucho con la crisis del sistema jurídico político en general”.
Empezar con el ejemplo
De
ahí que para Eduardo Torres, el gran reto “es fortalecer las instituciones,
hacer que funcionen de acuerdo con el Estado de derecho, pero se tiene que
empezar con el ejemplo, desde la cúpula; no planteado simplemente como una propuesta
política por parte de los grupos en el poder, porque la población está cansada;
¿quién cree que ahora sí van a sanear las instituciones? Hay que platicar con
cualquier ciudadano en la calle y preguntarle qué piensa cuando los
funcionarios, los políticos señalan que ahora sí habrá un combate contra la
corrupción, que se combatirá el autoritarismo, que ahora sí se aplicara el
Estado de derecho. La gente está totalmente desencantada y como está totalmente
desencantada y frustrada vienen los movimientos genuinos de rebelión; México es
un polvorín para una rebelión social, quizás un caldo de cultivo para una nueva
revolución, y se lo digo seriamente, hay muchos grupos en el país que están
totalmente inconformes con la realidad que se vive y que no toman esto como un
simple acto de rebelión, porque se ha llegado a un punto del límite del límite
del límite del hartazgo, los ciudadanos comunes ya no pueden salir regularmente
a la calle con confianza, hay otros toques de queda, se llevan a cabo los
secuestros y se amenaza para que no se denuncie, y cuando se denuncia resulta
que la autoridad es totalmente ineficaz, y resulta, además, que quien fue a
denunciar dio sus datos personales y vuelven sobre él los delincuentes porque
están vinculados con las autoridades”.
Realmente,
“estamos en una verdadera crisis general del Estado de derecho y esto lo tienen
que tomar muy en serio todos los que tienen cargos públicos y están al cargo
del gobierno de este país, con independencia del partido político, porque ha
resultado tan compleja la administración política para el PAN, para el PRD,
para el PRI, que aquí lo que necesitamos son políticos que puedan ganarse la
confianza de la ciudadanía, pero ¿dónde están?”
Sin embargo, Eduardo Torres comenta a Siempre! que él
puede ser bastante crítico pero también puede ser propositivo y en su opinión
“sí podemos salir de esta crisis y sí hay elementos para considerar que
tendremos la capacidad de hacerlo, pero hay que echar un vistazo a lo que
hicieron en Colombia, que en un escenario de crisis de los poderes públicos, de
las instituciones y de un gran poder real del crimen organizado, lograron
reconstruir alianzas político sociales y restablecer el funcionamiento
institucional. Otro ejemplo que podemos tomar en cuenta es Italia, aunque
ahorita otra vez está en un problema terrible; en Italia hubo una lucha contra
el crimen organizado, contra las mafias, una forma también de reestructurar y
hacer más estables las instituciones. Deben pasarse por filtros no sólo de
orden jurídico sino también filtros de orden ético y de orden político y, sobre
todo, garantizar ya no sólo los jueces, legisladores, miembros del Poder
Ejecutivo, que no estén vinculados al crimen organizado, el gran problema de
2015 es ver qué funcionario público que aspira a un cargo de elección popular o
qué candidatos a un cargo público no estén vinculados al crimen organizado”.
Sistema de corrupción
Aunque afirma que “no es fácil ser juez ya en México, las presiones a
las que está sujeto un juez, ya sea local o federal son muchas, el crimen
organizado no se detiene y hay un sistema de corrupción y de nepotismo
generalizado con el que un juez tiene que lidiar, entonces mi comentario no
quisiera que se interpretara como que estoy demonizando a
los jueces, no, simplemente son funcionarios públicos y están en un lugar
específico, estratégico y pueden contribuir a la paz social; un litigio bien
resulto, una sentencia bien expedida, bien escrita, resuelve un conflicto
social”.
El coordinador del libro Juzgar a la Suprema Corte,
editado por la UAM, en el año 2008, enfatiza que “en México sí podemos salir de
la crisis, sí podemos rescatar las instituciones, sí podemos reconstruir el
Estado de derecho, pero necesitamos trabajar en serio y eliminar los viejos
vicios que nos sumergen siempre en la paradoja del subdesarrollo, grandes
premios internacionales por un lado para la Suprema Corte de Justicia de la
Nación en derechos humanos, para el presidente Enrique Peña Nieto en materia de
reformas estructurales, y explosiones de violencia producto de la corrupción y
de la impunidad y el nepotismos en el país. Sí se puede, pero habría que tomar
el tema en serio de reformar, reestructurar y estabilizar el Estado de derecho,
el tema del mercado”.
Quedó en
evidencia la podredumbre penal
Entrevista
a Eduardo Torres Maldonado/Profesor-investigador de la UAM-Azcapotzalco.
Revista Siempre, por. Nora Rodríguez Aceves. 23 de marzo de 2012
En el caso Florence Cassez la Suprema Corte de
Justicia de la Nación (SCJN) debe decidir técnicamente no políticamente. Uno de
los grandes desprestigio del derecho es que los asuntos se resuelvan de manera
política; en este asunto tiene que privar un criterio técnico jurídico aunque
entra en juego, por supuesto, todo un universo que son los derechos humanos el
cual amplía el horizonte limitado del viejo sistema jurídico mexicano, y la Corte
está en este debate.
“Este ha sido un caso muy polémico y la SCJN debe ser
muy cuidadosa al momento de tomar una resolución final, porque están en juego
principios fundamentales del Estado de derecho, y si la Corte se revela, como
muchas veces lo ha hecho, como fácilmente influenciable por la presión política
del titular del Ejecutivo federal, cada vez será más endeble la cúpula que
sostiene el sistema judicial mexicano”, señala Eduardo Torres Maldonado,
profesor investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana. Unidad
Azcapotzalco.
Luego de que “la primera
Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó en suspenso la
resolución del amparo solicitado por la francesa Florence Cassez, ya que el
proyecto elaborado por el ministro Arturo Zaldívar no consiguió los votos
suficientes para ser aprobado, el asunto fue turnado a la ministra Olga Sánchez
Cordero para presentar un nuevo dictamen” (La Jornada).
“A pesar de que tres ministros se pronunciaron a favor
de amparar a la ciudadana francesa —quien seguirá en prisión—, sólo Arturo
Zaldívar y Olga Sánchez Cordero votaron por la liberación inmediata de Cassez”.
Por eso aquí hay una enorme responsabilidad para la
SCJN, pero yo tengo confianza en que, al quedar un nuevo dictamen para
otorgarle un amparo a la francesa Florence Cassez en manos de la ministra Olga
Sánchez Cordero, se presente un proyecto muy sólido, muy técnico, muy apegado
al actual Estado de derecho en México, pero, claro, tampoco vamos a dar un voto
de confianza ciego; vamos a esperar porque el debate va a continuar…
El montaje como prueba
En ese mismo tenor, el especialista en derecho
constitucional expresa el impacto que tiene en el proceso en curso el montaje
que se hiciera para la televisión: “es aberrante, eso por sí solo es la base para
ordenar la reposición del procedimiento y para dejar a Florence Cassez en
libertad. En estricta técnica jurídica, esa prueba puede y debe invalidarse,
aun cuando invalidar esa prueba no necesariamente implica invalidar todo el
proceso y la sentencia. Sobre el fondo, es distinto; un caso no puede volverse
a juzgar por el principio de cosa juzgada, sin embargo si se descubren
violaciones graves del procedimiento se puede ordenar la reposición del
procedimiento; sería una forma más elegante de atender el caso sin vulnerar
totalmente los principios del Estado de derecho”.
“El hecho de que haya existido esta puesta en escena,
que es absolutamente vergonzosa, pero solamente es un botón de muestra de lo
que pasa todos los días en el sistema judicial mexicano, pues en todos los
casos, aquí, las autoridades montan los escenarios, plantan las tragedias, para
que puedan decidir y sus sentencias tengan alguna congruencia; eso es absurdo
totalmente, pero en este caso se hizo. ¿Qué es lo que procedía técnicamente?; tomando
en cuenta este tipo de evidencia podría sugerir la reposición del
procedimiento, y el juez que tuviera a su cargo revisar el caso no podría darle
valor probatorio a este montaje, sin embargo, las demás pruebas ahí están en el
proceso, tampoco por una sola prueba pueden eliminar su responsabilidad como
autora material de los delitos que sí le fueron comprobados”.
Eduardo Torres advierte que “no hay que olvidar que
Cassez es una persona que cometió ciertos delitos graves y que obtuvo una
sentencia condenatoria por 96 años. Cassez incurrió en el delito de secuestro y
otros delitos graves; ahora bien, sí se tiene que atender su situación procesal
y su respeto a los derechos humanos, pero genera un enorme caos el hecho de que
hayan hecho este montaje, que lo hayan propuesto y la jueza lo haya aceptado,
porque entonces resulta que es un edificio construido sobre un pantano que se
puede derrumbar”.
Siendo así, “en estricta técnica jurídica, por eso
procede la discusión, el debate sobre la reposición del procedimiento, aunque
tendríamos que ver en qué sentido presenta el nuevo proyecto la ministra Olga
Sánchez Cordero para tener más elementos; yo soy simplemente un jurista, un
estudioso del derecho, que doy una opinión personal sobre este caso, pero la
función jurisdicente realmente corresponde a los ministros de la Suprema Corte
de Justicia, que merecen todo nuestro respeto”.
Responsabilidad de autoridades
A pregunta expresa de qué tipo de responsabilidad
jurídica se le podría fincar al secretario de Seguridad Pública, Genaro García
Luna, por el montaje televisivo, el doctor en derecho por la Universidad
Autónoma Metropolitana señala: “en este caso, si se ordena, por ejemplo, la
reposición del procedimiento, puede proceder que derivado de esa reapertura del
procedimiento se pueda presentar una denuncia por la persona o la institución
con interés jurídico apropiado para que se delimite la responsabilidad por
haber ofrecido y puesto a consideración del Poder Judicial una farsa de esta
naturaleza, Por supuesto que habría responsabilidades del orden penal,
pero tendría entonces la misma Corte de Justicia que tomar alguna consideración
al respecto, y el juez que atendiera el caso tendría también que considerar
esto. Una vez que se reabra el caso, se reabre la discusión de las pruebas, y
habría oportunidad para deslindar responsabilidades por aquellos sujetos a
quienes se les compruebe responsabilidad y autoría o coautoría en el
ofrecimiento de estas pruebas y la generación de esta puesta en escena”.
Por eso tenemos que esperar a que se presente el nuevo
dictamen de la ministra Olga Sánchez Cordero, “pues mientras no tengamos a la
vista el nuevo proyecto solamente nos basamos en la opinión sobre lo que
ahorita, con la propuesta del ministro Zaldívar, se aprueba, que fue no
aprobar; se decide no decidir para seguir decidiendo para seguir discutiendo”.
“La SCJN tomó una decisión, para nada salomónica,
porque decidió no decir, pero sí una decisión prudente de darse más tiempo para
estudiar el caso y proponer un nuevo proyecto que permita tener una
argumentación más sólida para decidir sobre el caso Cassez, porque además va a
forjar un antecedente judicial muy importante también”.
Además, afirma que “hay un punto que es clave, pues
estamos muy cerca de la votación para el 1 de julio, también la Corte quizá no
quiere entrar en un escenario en el cual mueva el piso para la decisión
política más importante para los mexicanos, posponer esta decisión implica dar
tiempo a que se tome la decisión correspondiente a principios de julio para
elegir al próximo presidente de México. Las decisiones políticas también tienen
que ver, pero habría muchos elementos para considerar”.
El nuevo amparo
Torres Maldonado precisa que lo que discute la Suprema
Corte es el otorgamiento de un amparo a la francesa Florence Cassez, el cual
“tendría que considerar la violación de los derechos procesales
constitucionales fundamentales de Cassez así como sus derechos humanos en el
proceso, eso es a lo que tendría que abocarse el amparo; más que a las
cuestiones de fondo, debe atender las cuestiones de forma procesal, y es donde
podría enfocarse el asunto, sin embargo, sigue siendo un terreno un poquito
difuso porque no sabemos exactamente qué es lo que consideró la Corte, la
información que se ha filtrado todavía es insuficiente, pero digamos que podría
ser eso”.
La Corte tendría que “decidir para qué efectos lo da,
para qué efectos lo concede, es precisamente el debate, incluso entre los
mismos ministros Arturo Zaldívar y José Ramón Cossío, porque el ministro Guillermo
Ortiz Mayagoitia recuerdo que decía que él no compartía el proyecto de Zaldívar
y estaba en contra de otorgar el amparo a Cassez, punto, porque vulneraba el
principio de seguridad jurídica; el ministro Jorge Mario Pardo primero dijo que
se pronunciaría por el amparo pero luego finalmente vota en contra de todo el
proyecto. Entonces aquí no sabe uno qué pasa, José Ramón Cossío es de los más
congruentes, de los más sólidos en su análisis, porque él parece apuntar a que
se reponga el procedimiento, Zaldívar opta porque se otorgue la libertad
precisamente por estas violaciones procesales y Olga Sánchez Cordero también
tuvo una postura intermedia entre Zaldívar y Cossío considerando los derechos
humanos también de Cassez, derechos constitucionales”.
“Lo interesante es que se abrió el debate y se ve cómo
en la Corte misma no hay acuerdo sobre qué efectos podría tener el amparo,
porque otorgar la libertad u ordenar la reposición del procedimiento
inmediatamente implicaría también vulnerar un principio de seguridad jurídica,
por eso sólo tres ministros coinciden en no otorgar el amparo a Cassez, pero
entre estos ministros también hay sentimientos respecto a los efectos del
amparo la liberación o la reposición del proceso, ¿por qué?, porque es
distinto”.
Hay que señalar lo siguiente, “el caso Florence Cassez
es un caso que ya técnicamente era cosa juzgada, abrirlo nuevamente en las dos
vertientes que está señalando la Corte, la libertad inmediata o la reposición
del procedimiento, se cae en el peligro de que se vuelva a juzgar nuevamente un
delito que ya es cosa juzgada, lo cual evidentemente también sería una
violación flagrante de la Corte al propio sistema jurídico mexicano. Por eso el
proyecto tiene que ser cuidadosamente discutido, los demás ministros también
por eso adoptaron una postura de no aprobar el proyecto de Zaldívar, porque
está en peligro la misma estabilidad del sistema jurídico mexicano, nadie puede
ser juzgado dos veces por el mismo delito”.
“El caso Cassez —con
independencia de cuál sea su resultado— lo que está haciendo es —como cualquier
caso que tomáramos en México— revelar la podredumbre, la impunidad, la
corrupción, el drama, la tragedia que constituye el proceso judicial en México.
Es un verdadero drama, es una verdadera tragedia iniciar un proceso en México. El caso
Cassez tiene que llevarnos a reflexionar sobre la protección inmediata y la
seguridad jurídica para la protección de los derechos humanos de las víctimas.
Un sistema jurídico no puede orientarse nada más —y ése es el gran descrédito
de muchos casos de derechos humanos— a la protección de los derechos humanos
del victimario, esto es un desequilibrio irracional”.
El PRI
ganará la acción de inconstitucionalidad
Entrevista a Eduardo Torres/Investigador de la UAM Azcapotzalco. Revista Siempre, por.
Nora Rodríguez Aceves. 21 de diciembre de 2012
La
acción de inconstitucionalidad que interpondrá el PRI ante la Suprema Corte de
Justicia de la Nación tendrá éxito.
Todos los requisitos que marca el artículo 105 constitucional para que
se interponga se cumplen. Una vez que se interponga, ya tendrán que argumentar
lo propio los diputados y senadores del PAN y del PRD y le corresponderá a la
Corte estudiar muy cuidadosamente los argumentos de todas las partes para
decidir quién tiene la razón y a quién asiste el amparo y la protección de la
justicia federal, pero la Constitución es muy clara, de ahí que bajo una prima facie es muy sólida la argumentación
constitucional que está haciendo el PRI, asegura Eduardo José Torres Maldonado,
investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Azcapotzalco.
La tesis tiene sentido
“El
PRI está en contra de la fracción XVI del nuevo artículo 27 de la Ley Orgánica
de la Administración Pública, donde se faculta al Senado de la República
para ratificar los nombramientos del comisionado nacional de seguridad pública
y del secretario técnico del Consejo de Seguridad Nacional que dependerían
directamente del secretario de Gobernación, porque la Constitución en el
artículo 89 habla de la facultad de nombrar y remover libremente del Ejecutivo
Federal y aunque menciona a la ley lo que es cierto es que también cuando
hablamos de las facultades del Senado, en el artículo 76 constitucional, ahí se
enumeran los funcionarios que deberán ser sujetos a ratificación, no se
contempla este tipo de funcionarios por el cual está de por medio la acción de inconstitucionalidad”.
“La
tesis del PRI, vamos a plantearlo así, tiene sentido, tiene argumentación,
tiene coherencia, por eso tiene toda la razón en su propuesta, lo ha estudiado
muy bien. Además de que el artículo 105 de la Constitución plantea en qué se
basan las acciones de inconstitucionalidad, es importante aclarar que no es una
controversia constitucional, esa es otra acción, otro recurso, por lo tanto, la
acción de inconstitucionalidad tiene por objeto plantear una posible
contradicción entre una norma de carácter general, léase la ley y la
Constitución, que es el caso aquí, las reformas, modificaciones, a Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal, pues son pertenecientes a una norma
de carácter general que es una ley y se plantea que haya contradicciones
con la Constitución”.
“Para
mí, la contradicción es clara, porque de los artículos que facultan al
Ejecutivo Federal y que facultan al Senado no se desprende que el Senado tengan
que ratificar a este tipo de funcionarios en especial, entonces si una ley
establece esto va más allá de lo que dice el propio texto constitucional y una
ley no puede ir más allá de lo que dice la Constitución una ley puede
reglamentar, aclarar, normar, preceptos de la Constitución, pero no puede ir en
contra de lo que establece la Constitución o no puede ir dando facultades que
la propia Constitución está manejando como reservadas”.
El
13 de diciembre, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y en
lo particular, con 423 votos a favor 38 en contra y cuatro abstenciones, la
reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y la envió al
Ejecutivo para su promulgación.
Aunque
la fracción parlamentaria del PRI adelantó que interpondrá una acción de
inconstitucionalidad, porque en el Senado se incluyó que el nombramiento de los
mandos policiacos sean avalados por la Cámara Alta y que el titular de
Gobernación comparezca cada seis meses ante la Comisión Bicamaral de Seguridad
Nacional.
Aquí
cabe aclarar que “después de la promulgación de la ley, el PRI tiene 30 días
naturales para interponer la acción de inconstitucional, naturales no hábiles,
o sea que es menor el tiempo, lo cual quiere decir que el partido debe de estar
trabajando ya para tenerlo listo. Es poco tiempo, pero todo indica que será una
acción de inconstitucionalidad muy interesante que llegará a la Corte y
probablemente sea uno de los caso más interesante con que empieza esta
administración del presidente Peña Nieto y es como una prueba que le están
poniendo también para ver que tanto se consolida el poder y la
experiencia parlamentaria del PRI en contra del PNA y del PRD”.
Las dos posiciones
El jurista Eduardo Torres explica a Siempre!,desde el
punto de vista técnico-jurídico el porqué el PRI pretende interponer esta
acción de inconstitucionalidad ante la Corte por las modificaciones que hizo el
Senado a la minuta de reforma a la Ley Orgánica de la Administración Pública.
“Lo
que dice el coordinador de los diputados priistas, Manlio Fabio Beltrones, es
que es inconstitucional que se esté dando al Senado estas facultades, en
concreto aquí resaltan los dos casos de la ratificación, aunque no lo dice la
ley, pero es como se aplicará la reforma, el caso de la ratificación por parte
del Senado del comisionado nacional de seguridad y también del secretario
ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública, esto sería parte de
la primera aplicación de estas reformas”.
“Beltrones
y el grupo de priistas se oponen por este razonamiento: se necesita un Poder
Ejecutivo fuerte y un secretario de Gobernación que tenga facultades también
ágiles, coordinadas, eficientes, inmediatas, para controlar el problema de la
violencia y de la seguridad, me imagino que es el razonamiento de los priistas
porque si se deja la ratificación al Senado de estos nombramiento que hace el
Presidente de la República se puede ir demorando, empantanando, politizando, el
nombramiento de personas que son clave en la conducción de la seguridad pública
en el país”.
“Lo
que están haciendo los priistas es negarse a que exista esta posibilidad de
empantanamiento parlamentario donde estén rechazando los nombramientos que haga
el Presidente y facilitar en todo caso que el Presidente tenga la posibilidad
de nombrar y remover libremente a estos funcionarios, por eso digo que hay una lógica
política muy sólida atrás”.
Por
su parte, “lo que dicen los opositores o los que avalan las reformas a la
Administración Pública como está, yo recuerdo al senador perredista Luis Miguel
Barbosa, que cuando se entera de que el PRI pretende interponer una acción de
inconstitucionalidad contra las reformas a la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal declara que lo que sucede es que el PRI está evidenciando su
oposición a los controles democráticos y parlamentarios, y lo que señala es que
se necesitan controles democráticos mínimos de parte del Congreso y que Peña
Nieto tiene miedo de los controles democráticos que vengan del Congreso.
Asimismo, también habló de que el PRI pretende gobernar con atribuciones meta constitucionales
o recurrir a estrategias legales para evitar estos controles”.
“El
PRI como grupo parlamentario tiene todo el derecho y mientras reúna al número
de diputados necesario tiene todo el derecho a interponer una acción de
inconstitucionalidad, el ejercicio de este recurso jurídico, este recurso de
impugnación jurídica a una ley, no implica que el PRI esté trabajando ilegal o
inconstitucionalmente; todo lo contrario al ejercer el recursos está obrando
dentro de los marcos constitucionales y legales”.
Sin
embargo, “lo que hay aquí es una lucha política, porque también tenemos a
senadores del PAN que coinciden con lo que plantean los del PRD en el sentido
de que se debe permitir que sea el Senado quien ratifique los
nombramientos. El PAN no es muy diverso de lo que señalan los perredistas en
este sentido y argumenta que el PRI también quiere retornar al pasado, no dejar
lugar al juego parlamentario y que ya hay experiencia y madurez política por
parte de la Cámara Alta para poder también intervenir en estos nombramientos y
que es saludable que los senadores tengan la posibilidad de intervenir en estos
nombramientos”.
Para
el investigador, “como en todo debate político-jurídico, ambas partes tienen
razón, pero aquí es dependiendo qué postura se tome, si por reforzar los
poderes del parlamento en este caso del Senado o por reforzar los poderes del
Poder Ejecutivo, yo creo que si estuviéramos en una situación normal en que no
tuviéramos un problema de violencia y de inseguridad tan grave probablemente,
yo apoyaría lo que plantean los diputados y senadores del PAN y del PRD, sin
embargo, viendo el panorama actual que tenemos sí es importante que el
Ejecutivo y Gobernación puedan tener mayores facultades y mayor eficiencia para
controlar de manera urgente el problema de violencia y de inseguridad que
vive el país”.
“Me
parece que estamos viendo una situación de alarma, de urgencia, de gravedad, y
en ese caso sí se necesita una cierta centralización de las funciones en la
Secretaría de Gobernación, en ese sentido la argumentación del PRI tiene una
lógica histórica y política impecable, esto no quiere decir que no sea
controvertible, es controvertible”.
Ese
mismo tenor, Eduardo Torres expresa que “ahora podemos ir a datos más técnicos
y cómo está la situación actual en la Constitución. El artículo 89 establece
las facultades y obligaciones del Presidente en la fracción II: son facultades
del Presidente nombrar y remover libremente a los secretarios del despacho,
remover a los agentes diplomáticos y empleados superiores de Hacienda y nombrar
y remover libremente a los demás empelados de la Unión, cuyo nombramiento o
remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las leyes”.
Debate interesante
Por
lo tanto, “el PRI lo que hace es fundamentarse en este artículo 89,
fracción II para argumentar que el Presiente tiene el derecho de nombrar y
remover libremente, en esa fracción no se establece expresamente que esto tenga
que ser ratificado por el Senado, este artículo 89 es muy claro, aunque esta
última parte dice: cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro
modo en la Constitución o en las leyes. En la Constitución no está
determinado. ¿Qué es lo que está pasando? Que los grupos que no son del PRI en
el Congreso sí han logrado que se apruebe una modificación en una ley que está
estableciendo que deben ser ratificados por el Senado”.
No
obstante, “el criterio del PRI encuentra fundamento, el artículo 76 de la
Constitución establece las facultades exclusivas del Senado: son facultades
exclusivas del Senado ratificar los nombramientos que el mismos funcionario del
procurador general de la república, o sea el presidente, ministros, se refiere
a los ministros de la Corte, agentes diplomáticos, cónsules generales,
empleados superiores de Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del
Ejército, Armada y Fuerza Aérea nacionales en los términos que la ley
disponga”.
“Seguramente
—agrega Torres Maldonado— aquí también se están fundamentando los asesores del
PRI para decir que es inconstitucional, porque el artículo 76, efectivamente
habla de la ratificación de nombramientos, pero en de ninguna manera podemos
ver que aquí de manera expresa se esté señalando que, por ejemplo, los
funcionarios encargados de la seguridad pública en materia civil porque en la
militar es muy claro, tengan que ser ratificados por los senadores, aquí
no aparece, entonces hay aquí un juego de interpretación del artículo 89
fracción II y el artículo 76 fracción II, entonces digamos que la tesis del PRI
vamos a plantearlo así, tiene sentido, tiene argumentación, tiene
coherencia”.
Mientras
que la propuesta que “están haciendo o la antítesis que están planteando en
este caso la oposición al PRI que son el PRD y el PAN, es que se debe permitir
que la nueva Ley Orgánica de Administración Pública establezca la obligación de
que el Senado ratifique los nombramientos que haga el Presidente, esto es que
el Presidente ya no tendrá la facultad de nombrar y remover libremente, porque
estará sujeto a la aprobación del Senado, esto es un candado para las decisiones
del Ejecutivo”.
“El
PRI lo que dice es: eso lo dice la ley que se acaba de aprobar, pero nosotros
sostenemos que es inconstitucional porque de los artículos de la Constitución
no se establece que este tipo de funcionarios —mandos policiacos— tengan
que ser ratificados por la Cámara Alta”.
Por
eso “digo que será un debate interesante, porque en el momento en que el
PRI interponga ante la Corte la acción de inconstitucionalidad acudirán
las partes que consideran su interés perjudicado como son los diputados y
senadores del PAN y del PRD para también argumentar lo que a su derecho
convenga”.
Aunque
el experto en derecho constitucional advierte “realmente la única posibilidad
de que pudieran ganar fácilmente los diputados y senadores del PAN y del PRD
sería que modificaran la Constitución, pero tal como está el texto
constitucional presuntivamente el PRI puede tener amplio margen de poder
ganar esta acción de inconstitucionalidad”.
Si
lo vemos jurídicamente hablando, “el PRI ha hecho un buen estudio, han hecho un
trabajo con mucha experiencia y cuidando bien sus tiempos para hacerlo, y por
otro lado, la experiencia parlamentaria que está demostrando el tricolor
al votar las aprobación de la ley para que el presidente Peña Nieto tenga una
ley actualizada de la administración pública es buena”.
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