1. El aparato judicial al servicio de los
criminales
Entrevista a Eduardo Torres Maldonado/Profesor-Investigador de la
UAM-Azcapotzalco, en Revista Siempre. Por. Nora Rodríguez Aceves. 22 de noviembre
de 2014
La justicia en México protege a los
criminales y “ése es un gravísimo problema en el país y nadie nos lo cuenta, lo
hemos vivido desde la academia, desde el litigio, la práctica profesional,
cuando uno se enfrenta a litigios en materia penal es ¡increíble! pero el
aparato judicial se pone al servicio de la defensa de los derechos de los
criminales de manera más activa, más eficiente y más rápida que en los casos de
ciudadanos comunes que están injustamente acusados en procesos penales. Es
gravísimo que un aparato judicial, ya sea local o federal, se ponga al servicio
de la defensa de los criminales; ahora resulta que las reformas en materia de
derechos humanos también se hicieron para proteger a los criminales, ¡pues no!
Ésa es una aberración, es una aberración del Estado de derecho, sin embargo
quien haya pisado un reclusorio, quien haya llevado un caso en materia penal
sabe perfectamente cómo esta maquinaria se aceita a través del poder, a través
de la corrupción, a través de la impunidad y del influyentismo”.
Hay casos gravísimos en todo México,
“las cárceles están llenas de inocentes, además, en condición económica
miserable. Las cárceles son las universidades de posgrado de los delincuentes,
ahí se van a especializar en el delito, desde ahí controlan las extorsiones,
los secuestros, las estafas; el crimen organizado tiene sus oficinas también en
los reclusorios, en las cárceles, en las cárceles estatales, ahí estamos en
presencia de una de las mayores crisis del poder judicial. No es posible, no es
aceptable, que en estos momentos ya en el siglo XXI, en México se estén
enfrentando estos problemas en los cuales el sistema judicial penal
prácticamente está hecho en muchos casos, no en todos, para proteger muy
eficientemente y muy rápidamente los derechos de los criminales que sí pueden
pagar su representación profesional con abogados de muy altos honorarios
mientras la gente con menores recursos no puede pagar abogados de altos
honorarios y está llenando las cárceles”, afirma Eduardo José Torres Maldonado,
profesor-investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana (UAM), Unidad
Azcapotzalco.
En este mismo sentido, Torres Maldonado
plantea que otro tema central es “quién controla las cárceles en México, no hay
institución en este momento en el país que no esté bajo sospecha de que esté
vinculada al crimen organizado. El crimen organizado además ya no es el crimen
organizado alejado de los poderes públicos, lo vemos en el caso de Iguala, no
es que los cárteles estuvieran presionando al presidente municipal y a su
esposa, no, el crimen organizado estaba liderado, capitaneado por ellos, quien
ostentaba el cargo público era el líder también del crimen organizado, caso
Guerreros Unidos; entonces lo que pasa en México es que hay una crisis de
credibilidad, de confianza en las instituciones y esto lleva a la quiebra del
Estado de derecho”.
Un Estado inexistente
El experto en derecho penal y
constitucional señala que no sólo “tenemos un problema de disfuncionalidad del
Estado y el mercado sino también un problema, incluso de inexistencia; cuando
el Estado no actúa es inexistente, y cuando actúa es porque han tenido que
existir presiones internacionales de muy alto nivel para que el gobierno
federal actuara en la caso Ayotzinapa, tuvo que intervenir la Organizaciones de
Naciones Unidas (ONU) Amnistía Internacional (AI) la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH), tuvieron que dar su opinión diferentes sectores
representativos de la sociedad, diferentes actores de poder lo que hicieron fue
presionar para que finalmente el gobierno federal diera una respuesta a esto,
por lo tanto lo que tenemos es una crisis del Estado de derecho y del mercado
institucionalizada”.
En cuanto a la respuesta que han tenido
los medios de comunicación a esta crisis del mercado, el investigador del
Departamento de Derecho de la UAM apunta que “dicen que la violencia no
afectará el mercado, esto es una gran mentira, simplemente en Guerrero cayó la
tasa de visitas turísticas, quién quiere invertir en lugares violentos en los
que además el presiente municipal compite con el crimen organizado para
cobrarles derecho de piso a los empresarios. En todo el país los presidente
municipales son quizás el dolor de cabeza principal también, es decir, este
tercer pivote de la federación que son las presidencias municipales —que
deberían ser lo más cercano a la ciudadanía, al pueblo— es lo que está más
alejado de ellos porque las presidencias municipales extorsionan a la
población; en su territorio nos ha tocado defender a empresarios que les van y
les clausuran los establecimientos porque no dan un derecho de piso, no estamos
hablando de impuestos que deban pagar legalmente, no, les fijan una cuota como
un derecho de piso, y les clausuran; por un lado se van los empleados
municipales que clausuraron y después, ya que pagaron la cuota que les fijaron,
llegan elementos del crimen organizado para fijarles otra cuota; ¿qué
empresario sobrevive así?, por eso la crisis del mercado interno tiene que ver
mucho con la crisis del sistema jurídico político en general”.
Empezar con el ejemplo
De ahí que para Eduardo Torres, el gran
reto “es fortalecer las instituciones, hacer que funcionen de acuerdo con el
Estado de derecho, pero se tiene que empezar con el ejemplo, desde la cúpula;
no planteado simplemente como una propuesta política por parte de los grupos en
el poder, porque la población está cansada; ¿quién cree que ahora sí van a
sanear las instituciones? Hay que platicar con cualquier ciudadano en la calle
y preguntarle qué piensa cuando los funcionarios, los políticos señalan que
ahora sí habrá un combate contra la corrupción, que se combatirá el
autoritarismo, que ahora sí se aplicara el Estado de derecho. La gente está
totalmente desencantada y como está totalmente desencantada y frustrada vienen
los movimientos genuinos de rebelión; México es un polvorín para una rebelión
social, quizás un caldo de cultivo para una nueva revolución, y se lo digo
seriamente, hay muchos grupos en el país que están totalmente inconformes con
la realidad que se vive y que no toman esto como un simple acto de rebelión,
porque se ha llegado a un punto del límite del límite del límite del hartazgo,
los ciudadanos comunes ya no pueden salir regularmente a la calle con
confianza, hay otros toques de queda, se llevan a cabo los secuestros y se
amenaza para que no se denuncie, y cuando se denuncia resulta que la autoridad
es totalmente ineficaz, y resulta, además, que quien fue a denunciar dio sus
datos personales y vuelven sobre él los delincuentes porque están vinculados
con las autoridades”.
Realmente, “estamos en una verdadera
crisis general del Estado de derecho y esto lo tienen que tomar muy en serio
todos los que tienen cargos públicos y están al cargo del gobierno de este
país, con independencia del partido político, porque ha resultado tan compleja
la administración política para el PAN, para el PRD, para el PRI, que aquí lo
que necesitamos son políticos que puedan ganarse la confianza de la ciudadanía,
pero ¿dónde están?”
Sin embargo, Eduardo
Torres comenta a Siempre! que él puede ser
bastante crítico pero también puede ser propositivo y en su opinión “sí podemos
salir de esta crisis y sí hay elementos para considerar que tendremos la
capacidad de hacerlo, pero hay que echar un vistazo a lo que hicieron en
Colombia, que en un escenario de crisis de los poderes públicos, de las
instituciones y de un gran poder real del crimen organizado, lograron
reconstruir alianzas político sociales y restablecer el funcionamiento
institucional. Otro ejemplo que podemos tomar en cuenta es Italia, aunque
ahorita otra vez está en un problema terrible; en Italia hubo una lucha contra
el crimen organizado, contra las mafias, una forma también de reestructurar y
hacer más estables las instituciones. Deben pasarse por filtros no sólo de
orden jurídico sino también filtros de orden ético y de orden político y, sobre
todo, garantizar ya no sólo los jueces, legisladores, miembros del Poder
Ejecutivo, que no estén vinculados al crimen organizado, el gran problema de
2015 es ver qué funcionario público que aspira a un cargo de elección popular o
qué candidatos a un cargo público no estén vinculados al crimen organizado”.
Sistema de corrupción
Aunque afirma que “no
es fácil ser juez ya en México, las presiones a las que está sujeto un juez, ya
sea local o federal son muchas, el crimen organizado no se detiene y hay un
sistema de corrupción y de nepotismo generalizado con el que un juez tiene que
lidiar, entonces mi comentario no quisiera que se interpretara como que estoy demonizando a los jueces, no, simplemente son
funcionarios públicos y están en un lugar específico, estratégico y pueden
contribuir a la paz social; un litigio bien resulto, una sentencia bien
expedida, bien escrita, resuelve un conflicto social”.
El coordinador del
libro Juzgar a la Suprema Corte, editado por la UAM, en el
año 2008, enfatiza que “en México sí podemos salir de la crisis, sí podemos
rescatar las instituciones, sí podemos reconstruir el Estado de derecho, pero
necesitamos trabajar en serio y eliminar los viejos vicios que nos sumergen siempre
en la paradoja del subdesarrollo, grandes premios internacionales por un lado
para la Suprema Corte de Justicia de la Nación en derechos humanos, para el
presidente Enrique Peña Nieto en materia de reformas estructurales, y
explosiones de violencia producto de la corrupción y de la impunidad y el
nepotismos en el país. Sí se puede, pero habría que tomar el tema en serio de
reformar, reestructurar y estabilizar el Estado de derecho, el tema del
mercado”.
2. Quedó en evidencia la podredumbre penal
23 mar 2012
Entrevista a Eduardo Torres Maldonado/Profesor-investigador de la UAM-Azcapotzalco. Revista Siempre, por. Nora Rodríguez Aceves. 23 de marzo de 2012
Entrevista a Eduardo Torres Maldonado/Profesor-investigador de la UAM-Azcapotzalco. Revista Siempre, por. Nora Rodríguez Aceves. 23 de marzo de 2012
En el caso
Florence Cassez la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) debe decidir
técnicamente no políticamente. Uno de los grandes desprestigio del derecho es
que los asuntos se resuelvan de manera política; en este asunto tiene que
privar un criterio técnico jurídico aunque entra en juego, por supuesto, todo
un universo que son los derechos humanos el cual amplía el horizonte limitado
del viejo sistema jurídico mexicano, y la Corte está en este debate.
“Este ha sido un
caso muy polémico y la SCJN debe ser muy cuidadosa al momento de tomar una
resolución final, porque están en juego principios fundamentales del Estado de
derecho, y si la Corte se revela, como muchas veces lo ha hecho, como
fácilmente influenciable por la presión política del titular del Ejecutivo
federal, cada vez será más endeble la cúpula que sostiene el sistema judicial
mexicano”, señala Eduardo Torres Maldonado, profesor investigador de la
Universidad Autónoma Metropolitana. Unidad Azcapotzalco.
Luego de que “la primera Sala de la Suprema Corte de
Justicia de la Nación dejó en suspenso la resolución del amparo solicitado por
la francesa Florence Cassez, ya que el proyecto elaborado por el ministro
Arturo Zaldívar no consiguió los votos suficientes para ser aprobado, el asunto
fue turnado a la ministra Olga Sánchez Cordero para presentar un nuevo
dictamen” (La Jornada).
“A pesar de que
tres ministros se pronunciaron a favor de amparar a la ciudadana francesa
—quien seguirá en prisión—, sólo Arturo Zaldívar y Olga Sánchez Cordero votaron
por la liberación inmediata de Cassez”.
Por eso aquí hay
una enorme responsabilidad para la SCJN, pero yo tengo confianza en que, al
quedar un nuevo dictamen para otorgarle un amparo a la francesa Florence Cassez
en manos de la ministra Olga Sánchez Cordero, se presente un proyecto muy
sólido, muy técnico, muy apegado al actual Estado de derecho en México, pero,
claro, tampoco vamos a dar un voto de confianza ciego; vamos a esperar porque
el debate va a continuar…
El montaje como prueba
En ese mismo
tenor, el especialista en derecho constitucional expresa el impacto que tiene
en el proceso en curso el montaje que se hiciera para la televisión: “es
aberrante, eso por sí solo es la base para ordenar la reposición del
procedimiento y para dejar a Florence Cassez en libertad. En estricta técnica
jurídica, esa prueba puede y debe invalidarse, aun cuando invalidar esa prueba
no necesariamente implica invalidar todo el proceso y la sentencia. Sobre el
fondo, es distinto; un caso no puede volverse a juzgar por el principio de cosa
juzgada, sin embargo si se descubren violaciones graves del procedimiento se
puede ordenar la reposición del procedimiento; sería una forma más elegante de
atender el caso sin vulnerar totalmente los principios del Estado de derecho”.
“El hecho de que
haya existido esta puesta en escena, que es absolutamente vergonzosa, pero
solamente es un botón de muestra de lo que pasa todos los días en el sistema
judicial mexicano, pues en todos los casos, aquí, las autoridades montan los
escenarios, plantan las tragedias, para que puedan decidir y sus sentencias
tengan alguna congruencia; eso es absurdo totalmente, pero en este caso se
hizo. ¿Qué es lo que procedía técnicamente?; tomando en cuenta este tipo de
evidencia podría sugerir la reposición del procedimiento, y el juez que tuviera
a su cargo revisar el caso no podría darle valor probatorio a este montaje, sin
embargo, las demás pruebas ahí están en el proceso, tampoco por una sola prueba
pueden eliminar su responsabilidad como autora material de los delitos que sí
le fueron comprobados”.
Eduardo Torres
advierte que “no hay que olvidar que Cassez es una persona que cometió ciertos
delitos graves y que obtuvo una sentencia condenatoria por 96 años. Cassez
incurrió en el delito de secuestro y otros delitos graves; ahora bien, sí se
tiene que atender su situación procesal y su respeto a los derechos humanos,
pero genera un enorme caos el hecho de que hayan hecho este montaje, que lo
hayan propuesto y la jueza lo haya aceptado, porque entonces resulta que es un
edificio construido sobre un pantano que se puede derrumbar”.
Siendo así, “en
estricta técnica jurídica, por eso procede la discusión, el debate sobre la
reposición del procedimiento, aunque tendríamos que ver en qué sentido presenta
el nuevo proyecto la ministra Olga Sánchez Cordero para tener más elementos; yo
soy simplemente un jurista, un estudioso del derecho, que doy una opinión
personal sobre este caso, pero la función jurisdicente realmente corresponde a
los ministros de la Suprema Corte de Justicia, que merecen todo nuestro
respeto”.
Responsabilidad de autoridades
A pregunta expresa
de qué tipo de responsabilidad jurídica se le podría fincar al secretario de
Seguridad Pública, Genaro García Luna, por el montaje televisivo, el doctor en
derecho por la Universidad Autónoma Metropolitana señala: “en este caso, si se
ordena, por ejemplo, la reposición del procedimiento, puede proceder que
derivado de esa reapertura del procedimiento se pueda presentar una denuncia
por la persona o la institución con interés jurídico apropiado para que se
delimite la responsabilidad por haber ofrecido y puesto a consideración del
Poder Judicial una farsa de esta naturaleza, Por supuesto que habría
responsabilidades del orden penal, pero tendría entonces la misma Corte
de Justicia que tomar alguna consideración al respecto, y el juez que atendiera
el caso tendría también que considerar esto. Una vez que se reabra el caso, se
reabre la discusión de las pruebas, y habría oportunidad para deslindar
responsabilidades por aquellos sujetos a quienes se les compruebe
responsabilidad y autoría o coautoría en el ofrecimiento de estas pruebas y la
generación de esta puesta en escena”.
Por eso tenemos
que esperar a que se presente el nuevo dictamen de la ministra Olga Sánchez
Cordero, “pues mientras no tengamos a la vista el nuevo proyecto solamente nos
basamos en la opinión sobre lo que ahorita, con la propuesta del ministro
Zaldívar, se aprueba, que fue no aprobar; se decide no decidir para seguir
decidiendo para seguir discutiendo”.
“La SCJN tomó una
decisión, para nada salomónica, porque decidió no decir, pero sí una decisión
prudente de darse más tiempo para estudiar el caso y proponer un nuevo proyecto
que permita tener una argumentación más sólida para decidir sobre el caso
Cassez, porque además va a forjar un antecedente judicial muy importante
también”.
Además, afirma que
“hay un punto que es clave, pues estamos muy cerca de la votación para el 1 de julio,
también la Corte quizá no quiere entrar en un escenario en el cual mueva el
piso para la decisión política más importante para los mexicanos, posponer esta
decisión implica dar tiempo a que se tome la decisión correspondiente a
principios de julio para elegir al próximo presidente de México. Las decisiones
políticas también tienen que ver, pero habría muchos elementos para
considerar”.
El nuevo amparo
Torres Maldonado
precisa que lo que discute la Suprema Corte es el otorgamiento de un amparo a
la francesa Florence Cassez, el cual “tendría que considerar la violación de
los derechos procesales constitucionales fundamentales de Cassez así como sus
derechos humanos en el proceso, eso es a lo que tendría que abocarse el amparo;
más que a las cuestiones de fondo, debe atender las cuestiones de forma
procesal, y es donde podría enfocarse el asunto, sin embargo, sigue siendo un
terreno un poquito difuso porque no sabemos exactamente qué es lo que consideró
la Corte, la información que se ha filtrado todavía es insuficiente, pero
digamos que podría ser eso”.
La Corte tendría
que “decidir para qué efectos lo da, para qué efectos lo concede, es
precisamente el debate, incluso entre los mismos ministros Arturo Zaldívar y
José Ramón Cossío, porque el ministro Guillermo Ortiz Mayagoitia recuerdo que
decía que él no compartía el proyecto de Zaldívar y estaba en contra de otorgar
el amparo a Cassez, punto, porque vulneraba el principio de seguridad jurídica;
el ministro Jorge Mario Pardo primero dijo que se pronunciaría por el amparo
pero luego finalmente vota en contra de todo el proyecto. Entonces aquí no sabe
uno qué pasa, José Ramón Cossío es de los más congruentes, de los más sólidos
en su análisis, porque él parece apuntar a que se reponga el procedimiento, Zaldívar
opta porque se otorgue la libertad precisamente por estas violaciones
procesales y Olga Sánchez Cordero también tuvo una postura intermedia entre
Zaldívar y Cossío considerando los derechos humanos también de Cassez, derechos
constitucionales”.
“Lo interesante es
que se abrió el debate y se ve cómo en la Corte misma no hay acuerdo sobre qué
efectos podría tener el amparo, porque otorgar la libertad u ordenar la
reposición del procedimiento inmediatamente implicaría también vulnerar un
principio de seguridad jurídica, por eso sólo tres ministros coinciden en no
otorgar el amparo a Cassez, pero entre estos ministros también hay sentimientos
respecto a los efectos del amparo la liberación o la reposición del proceso,
¿por qué?, porque es distinto”.
Hay que señalar lo
siguiente, “el caso Florence Cassez es un caso que ya técnicamente era cosa
juzgada, abrirlo nuevamente en las dos vertientes que está señalando la Corte,
la libertad inmediata o la reposición del procedimiento, se cae en el peligro
de que se vuelva a juzgar nuevamente un delito que ya es cosa juzgada, lo cual
evidentemente también sería una violación flagrante de la Corte al propio
sistema jurídico mexicano. Por eso el proyecto tiene que ser cuidadosamente
discutido, los demás ministros también por eso adoptaron una postura de no
aprobar el proyecto de Zaldívar, porque está en peligro la misma estabilidad
del sistema jurídico mexicano, nadie puede ser juzgado dos veces por el mismo
delito”.
“El caso Cassez —con independencia de cuál sea su
resultado— lo que está haciendo es —como cualquier caso que tomáramos en
México— revelar la podredumbre, la impunidad, la corrupción, el drama, la
tragedia que constituye el proceso judicial en México. Es un verdadero drama,
es una verdadera tragedia iniciar un proceso en México. El caso
Cassez tiene que llevarnos a reflexionar sobre la protección inmediata y la
seguridad jurídica para la protección de los derechos humanos de las víctimas.
Un sistema jurídico no puede orientarse nada más —y ése es el gran descrédito
de muchos casos de derechos humanos— a la protección de los derechos humanos
del victimario, esto es un desequilibrio irracional”.
3. El PRI ganará la acción de
inconstitucionalidad
Entrevista a Eduardo Torres/Investigador de la UAM Azcapotzalco. Revista Siempre, por.
Nora Rodríguez Aceves. 21 de diciembre
de 2012
La acción de inconstitucionalidad que
interpondrá el PRI ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación tendrá éxito.
Todos los requisitos
que marca el artículo 105 constitucional para que se interponga se cumplen. Una
vez que se interponga, ya tendrán que argumentar lo propio los diputados y
senadores del PAN y del PRD y le corresponderá a la Corte estudiar muy
cuidadosamente los argumentos de todas las partes para decidir quién tiene la
razón y a quién asiste el amparo y la protección de la justicia federal, pero
la Constitución es muy clara, de ahí que bajo una prima facie es muy sólida la argumentación
constitucional que está haciendo el PRI, asegura Eduardo José Torres Maldonado,
investigador de la Universidad Autónoma Metropolitana, Unidad Azcapotzalco.
La tesis tiene sentido
“El PRI está en contra de la fracción
XVI del nuevo artículo 27 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública, donde se faculta al Senado de la República para ratificar los
nombramientos del comisionado nacional de seguridad pública y del secretario
técnico del Consejo de Seguridad Nacional que dependerían directamente del
secretario de Gobernación, porque la Constitución en el artículo 89 habla de la
facultad de nombrar y remover libremente del Ejecutivo Federal y aunque
menciona a la ley lo que es cierto es que también cuando hablamos de las
facultades del Senado, en el artículo 76 constitucional, ahí se enumeran los
funcionarios que deberán ser sujetos a ratificación, no se contempla este tipo
de funcionarios por el cual está de por medio la acción de inconstitucionalidad”.
“La tesis del PRI, vamos a plantearlo
así, tiene sentido, tiene argumentación, tiene coherencia, por eso tiene toda
la razón en su propuesta, lo ha estudiado muy bien. Además de que el artículo
105 de la Constitución plantea en qué se basan las acciones de
inconstitucionalidad, es importante aclarar que no es una controversia
constitucional, esa es otra acción, otro recurso, por lo tanto, la acción de
inconstitucionalidad tiene por objeto plantear una posible contradicción entre
una norma de carácter general, léase la ley y la Constitución, que es el caso
aquí, las reformas, modificaciones, a Ley Orgánica de la Administración Pública
Federal, pues son pertenecientes a una norma de carácter general que es
una ley y se plantea que haya contradicciones con la Constitución”.
“Para mí, la contradicción es clara,
porque de los artículos que facultan al Ejecutivo Federal y que facultan al
Senado no se desprende que el Senado tengan que ratificar a este tipo de
funcionarios en especial, entonces si una ley establece esto va más allá de lo
que dice el propio texto constitucional y una ley no puede ir más allá de lo
que dice la Constitución una ley puede reglamentar, aclarar, normar, preceptos
de la Constitución, pero no puede ir en contra de lo que establece la
Constitución o no puede ir dando facultades que la propia Constitución está
manejando como reservadas”.
El 13 de diciembre, el Pleno de la
Cámara de Diputados aprobó en lo general y en lo particular, con 423 votos a
favor 38 en contra y cuatro abstenciones, la reforma a la Ley Orgánica de la
Administración Pública Federal y la envió al Ejecutivo para su promulgación.
Aunque la fracción parlamentaria del PRI
adelantó que interpondrá una acción de inconstitucionalidad, porque en el
Senado se incluyó que el nombramiento de los mandos policiacos sean avalados
por la Cámara Alta y que el titular de Gobernación comparezca cada seis meses
ante la Comisión Bicamaral de Seguridad Nacional.
Aquí cabe aclarar que “después de la
promulgación de la ley, el PRI tiene 30 días naturales para interponer la
acción de inconstitucional, naturales no hábiles, o sea que es menor el tiempo,
lo cual quiere decir que el partido debe de estar trabajando ya para tenerlo
listo. Es poco tiempo, pero todo indica que será una acción de
inconstitucionalidad muy interesante que llegará a la Corte y probablemente sea
uno de los caso más interesante con que empieza esta administración del
presidente Peña Nieto y es como una prueba que le están poniendo también
para ver que tanto se consolida el poder y la experiencia parlamentaria del PRI
en contra del PNA y del PRD”.
Las dos posiciones
El jurista Eduardo
Torres explica a Siempre!,desde el punto de vista
técnico-jurídico el porqué el PRI pretende interponer esta acción de inconstitucionalidad
ante la Corte por las modificaciones que hizo el Senado a la minuta de reforma
a la Ley Orgánica de la Administración Pública.
“Lo que dice el coordinador de los
diputados priistas, Manlio Fabio Beltrones, es que es inconstitucional que se
esté dando al Senado estas facultades, en concreto aquí resaltan los dos casos
de la ratificación, aunque no lo dice la ley, pero es como se aplicará la
reforma, el caso de la ratificación por parte del Senado del comisionado
nacional de seguridad y también del secretario ejecutivo del Sistema Nacional
de Seguridad Pública, esto sería parte de la primera aplicación de estas
reformas”.
“Beltrones y el grupo de priistas se
oponen por este razonamiento: se necesita un Poder Ejecutivo fuerte y un
secretario de Gobernación que tenga facultades también ágiles, coordinadas,
eficientes, inmediatas, para controlar el problema de la violencia y de la
seguridad, me imagino que es el razonamiento de los priistas porque si se deja
la ratificación al Senado de estos nombramiento que hace el Presidente de la
República se puede ir demorando, empantanando, politizando, el nombramiento de
personas que son clave en la conducción de la seguridad pública en el país”.
“Lo que están haciendo los priistas es
negarse a que exista esta posibilidad de empantanamiento parlamentario donde
estén rechazando los nombramientos que haga el Presidente y facilitar en todo
caso que el Presidente tenga la posibilidad de nombrar y remover libremente a
estos funcionarios, por eso digo que hay una lógica política muy sólida atrás”.
Por su parte, “lo que dicen los
opositores o los que avalan las reformas a la Administración Pública como está,
yo recuerdo al senador perredista Luis Miguel Barbosa, que cuando se entera de
que el PRI pretende interponer una acción de inconstitucionalidad contra las
reformas a la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal declara que lo
que sucede es que el PRI está evidenciando su oposición a los controles
democráticos y parlamentarios, y lo que señala es que se necesitan controles
democráticos mínimos de parte del Congreso y que Peña Nieto tiene miedo de los
controles democráticos que vengan del Congreso. Asimismo, también habló
de que el PRI pretende gobernar con atribuciones meta constitucionales o
recurrir a estrategias legales para evitar estos controles”.
“El PRI como grupo parlamentario tiene
todo el derecho y mientras reúna al número de diputados necesario tiene todo el
derecho a interponer una acción de inconstitucionalidad, el ejercicio de este
recurso jurídico, este recurso de impugnación jurídica a una ley, no implica
que el PRI esté trabajando ilegal o inconstitucionalmente; todo lo contrario al
ejercer el recursos está obrando dentro de los marcos constitucionales y
legales”.
Sin embargo, “lo que hay aquí es una
lucha política, porque también tenemos a senadores del PAN que coinciden con lo
que plantean los del PRD en el sentido de que se debe permitir que sea el
Senado quien ratifique los nombramientos. El PAN no es muy diverso de lo
que señalan los perredistas en este sentido y argumenta que el PRI también
quiere retornar al pasado, no dejar lugar al juego parlamentario y que ya hay
experiencia y madurez política por parte de la Cámara Alta para poder también
intervenir en estos nombramientos y que es saludable que los senadores tengan
la posibilidad de intervenir en estos nombramientos”.
Para el investigador, “como en todo
debate político-jurídico, ambas partes tienen razón, pero aquí es dependiendo
qué postura se tome, si por reforzar los poderes del parlamento en este caso
del Senado o por reforzar los poderes del Poder Ejecutivo, yo creo que si
estuviéramos en una situación normal en que no tuviéramos un problema de
violencia y de inseguridad tan grave probablemente, yo apoyaría lo que plantean
los diputados y senadores del PAN y del PRD, sin embargo, viendo el panorama
actual que tenemos sí es importante que el Ejecutivo y Gobernación puedan tener
mayores facultades y mayor eficiencia para controlar de manera urgente el
problema de violencia y de inseguridad que vive el país”.
“Me parece que estamos viendo una
situación de alarma, de urgencia, de gravedad, y en ese caso sí se necesita una
cierta centralización de las funciones en la Secretaría de Gobernación, en ese
sentido la argumentación del PRI tiene una lógica histórica y política
impecable, esto no quiere decir que no sea controvertible, es controvertible”.
Ese mismo tenor, Eduardo Torres expresa
que “ahora podemos ir a datos más técnicos y cómo está la situación actual en
la Constitución. El artículo 89 establece las facultades y obligaciones del
Presidente en la fracción II: son facultades del Presidente nombrar y remover
libremente a los secretarios del despacho, remover a los agentes diplomáticos y
empleados superiores de Hacienda y nombrar y remover libremente a los demás
empelados de la Unión, cuyo nombramiento o remoción no esté determinado de otro
modo en la Constitución o en las leyes”.
Debate interesante
Por lo tanto, “el PRI lo que hace es
fundamentarse en este artículo 89, fracción II para argumentar que el
Presiente tiene el derecho de nombrar y remover libremente, en esa fracción no
se establece expresamente que esto tenga que ser ratificado por el Senado, este
artículo 89 es muy claro, aunque esta última parte dice: cuyo nombramiento o
remoción no esté determinado de otro modo en la Constitución o en las
leyes. En la Constitución no está determinado. ¿Qué es lo que está
pasando? Que los grupos que no son del PRI en el Congreso sí han logrado que se
apruebe una modificación en una ley que está estableciendo que deben ser
ratificados por el Senado”.
No obstante, “el criterio del PRI
encuentra fundamento, el artículo 76 de la Constitución establece las
facultades exclusivas del Senado: son facultades exclusivas del Senado
ratificar los nombramientos que el mismos funcionario del procurador general de
la república, o sea el presidente, ministros, se refiere a los ministros de la
Corte, agentes diplomáticos, cónsules generales, empleados superiores de
Hacienda, coroneles y demás jefes superiores del Ejército, Armada y Fuerza
Aérea nacionales en los términos que la ley disponga”.
“Seguramente —agrega Torres Maldonado—
aquí también se están fundamentando los asesores del PRI para decir que es
inconstitucional, porque el artículo 76, efectivamente habla de la ratificación
de nombramientos, pero en de ninguna manera podemos ver que aquí de manera
expresa se esté señalando que, por ejemplo, los funcionarios encargados de la
seguridad pública en materia civil porque en la militar es muy claro,
tengan que ser ratificados por los senadores, aquí no aparece, entonces hay
aquí un juego de interpretación del artículo 89 fracción II y el artículo
76 fracción II, entonces digamos que la tesis del PRI vamos a plantearlo
así, tiene sentido, tiene argumentación, tiene coherencia”.
Mientras que la propuesta que “están
haciendo o la antítesis que están planteando en este caso la oposición al PRI
que son el PRD y el PAN, es que se debe permitir que la nueva Ley Orgánica de
Administración Pública establezca la obligación de que el Senado ratifique los
nombramientos que haga el Presidente, esto es que el Presidente ya no tendrá la
facultad de nombrar y remover libremente, porque estará sujeto a la aprobación
del Senado, esto es un candado para las decisiones del Ejecutivo”.
“El PRI lo que dice es: eso lo dice la
ley que se acaba de aprobar, pero nosotros sostenemos que es inconstitucional
porque de los artículos de la Constitución no se establece que este tipo de
funcionarios —mandos policiacos— tengan que ser ratificados por la Cámara
Alta”.
Por eso “digo que será un debate
interesante, porque en el momento en que el PRI interponga ante la Corte
la acción de inconstitucionalidad acudirán las partes que consideran su interés
perjudicado como son los diputados y senadores del PAN y del PRD para también
argumentar lo que a su derecho convenga”.
Aunque el experto en derecho
constitucional advierte “realmente la única posibilidad de que pudieran ganar
fácilmente los diputados y senadores del PAN y del PRD sería que modificaran la
Constitución, pero tal como está el texto constitucional presuntivamente
el PRI puede tener amplio margen de poder ganar esta acción de
inconstitucionalidad”.
Si lo vemos jurídicamente hablando, “el
PRI ha hecho un buen estudio, han hecho un trabajo con mucha experiencia y
cuidando bien sus tiempos para hacerlo, y por otro lado, la experiencia
parlamentaria que está demostrando el tricolor al votar las aprobación de la
ley para que el presidente Peña Nieto tenga una ley actualizada de la administración
pública es buena”.
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